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miércoles, 14 de abril de 2010

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a 13 monumentos arqueológicos de Áncash



  Lima, abr. 14 (ANDINA).- El Instituto Nacional de Cultural (INC) declaró Patrimonio Cultural de la Nación a 13 monumentos arqueológicos prehispánicos situados en el departamento de Áncash, a través de dos resoluciones publicadas hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
  • La Resolución Directoral Nacional N° 736/INC otorga el título al monumento arqueológico Hatun Machay, ubicado en el distrito de Pampas Chico, en la provincia de Recuay.

    El otro grupo de monumentos que recibe tal distinción, según la Resolución Directoral Nacional N° 737/INC, se ubica en el distrito de Yuracmarca, en la provincia ancashina de Huaylas.

    Se trata de los sitios Cupipampa, Cupi (sector 1), Cupi (sector 2), Cupi (sector 3), Cupi (sector 4), Chanahuasi, Ocomas, Quihuay (sector 1), Quihuay (sector 2), Mayucayán 1 (sector 1), Mayucayán 1 (sector 2) y Mayucayán 2.

    Cualquier proyecto de caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales u otro que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos declarados Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del INC.

    Por otro lado, el INC declaró bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al conjunto religioso formado por la capilla San José y torre exenta, ubicada en el centro poblado Rahua, del distrito de Aparicio Pomares, en la provincia de Yarowilca (Huánuco).
    La Resolución Directoral Nacional N° 734/INC indica que la capilla San José y la torre exenta presentan valores arquitectónicos, históricos y tecnológicos singulares.
    Explica que el templo actual fue una capilla del obraje de Nuestra Señora de la Natividad de Ragua, centro de producción textil establecido entre los siglos XVI y XVII en la hacienda ganadera del mismo nombre ubicada en el corregimiento de Huamalíes y dependiente de la jurisdicción religiosa de la doctrina mercedaria de la Purísima Concepción de Baños.
    Se desconoce la fecha de edificación de la capilla, sin embargo, se sabe, por un invetario de 1672, que ya existía como parte de un complejo manufacturero.
    La torre exenta, en tanto, de planta rectangular, ubicada a corta distancia de la capilla hacia el lado de la epístola, constituye unos de los componentes de mayor singularidad por su composición, volumetría y emplazamiento, sirviendo de remate visual y acceso virtual a los espacios en torno a la capilla.
    La resolución precisa que es obligación de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del INC cualquier intervención que se proyecte efectuar en el inmueble.
    (FIN) LBH/JOT

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